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Los 6 tramos del IRPF en 2026

Actualizado el 7 de octubre de 2026 · Lectura de 6 minutos

La escala del IRPF es progresiva: tu renta se divide en franjas y cada franja tributa a un tipo distinto. Eso significa que subir de tramo nunca hace que cobres menos, porque el tipo más alto solo se aplica a la parte de tu renta que supera el límite, no a todo tu sueldo. Es el error más extendido cuando se habla de impuestos y conviene desmontarlo con números.

Qué encontrarás aquí

  • La escala general del IRPF 2026, tramo a tramo
  • La mitad estatal y la mitad autonómica
  • Tipo marginal, tipo medio y tipo de retención: tres cosas distintas
  • Ejemplo de cálculo con 35.000 € brutos

La escala general del IRPF 2026

La escala general mantiene seis tramos en 2026. Cada tramo se desdobla en una parte estatal y otra autonómica; la estatal es idéntica en toda España y la autonómica la fija cada comunidad. La tabla muestra la escala general que usa la calculadora (sin escalas propias de cada comunidad):

Escala general del IRPF 2026 (referencia)
Tramo de base liquidable Tipo estatal Tipo autonómico Tipo total del tramo
Hasta 12.450 € 9,5 % 9,5 % 19,0 %
De 12.450 € a 20.200 € 12,0 % 12,0 % 24,0 %
De 20.200 € a 35.200 € 15,0 % 15,0 % 30,0 %
De 35.200 € a 60.000 € 18,5 % 18,5 % 37,0 %
De 60.000 € a 300.000 € 22,5 % 22,5 % 45,0 %
Más de 300.000 € 24,5 % 22,5 % 47,0 %

La escala vigente, con sus tramos y tipos, se recoge en la normativa del IRPF y en la información publicada por la Agencia Tributaria. La ley que regula el impuesto es la Ley 35/2006 de IRPF.

La parte autonómica no es igual en toda España

La mitad autonómica tiene sus propios tramos y tipos, y no coincide con la estatal en ninguna comunidad. Esto tiene una consecuencia práctica: dos personas con el mismo sueldo pueden pagar cantidades distintas según dónde residan. Las comunidades con competencia plena pueden modificar tipos, tramos y deducciones propias, así que la escala de tu comunidad es la que debes consultar en su consejería de hacienda o su sede electrónica.

Aviso: la calculadora y los ejemplos de esta guía usan la escala general de 6 tramos (del 19 % al 47 %) y no incluyen las escalas propias de cada comunidad autónoma. Si tu comunidad tiene una escala distinta, tu IRPF real puede ser mayor o menor.

Marginal, medio y de retención: tres cifras distintas

Cuando alguien dice "pago el 30 % de IRPF" normalmente no sabe qué está describiendo. Conviene separar tres conceptos:

  • Tipo marginal: el que se aplica al último euro que ganas. Con un sueldo que cae en el tramo del 30 %, ese 30 % solo se aplica a la parte que excede los 20.200 €.
  • Tipo medio: tu cuota total dividida entre tu renta. Siempre es inferior al marginal, porque los primeros euros tributan a tipos menores.
  • Tipo de retención: el porcentaje que tu empresa descuenta cada mes. No es ni el marginal ni el medio: lo calcula la AEAT con un procedimiento que atiende a tu situación personal y familiar.

Ejemplo de cálculo con 35.000 € brutos anuales

Vamos con un caso concreto para ver cómo se encajan las piezas. Sueldo bruto de 35.000 € en 14 pagas, sin hijos y sin otras rentas:

  • Sueldo bruto anual: 35.000 €
  • Cotizaciones sociales (6,50 %): −2.275 €
  • Gastos deducibles: −2.000 €
  • Rendimiento neto del trabajo: 30.725 €
  • Reducción del artículo 20: 0 € (por encima del límite de 19.747,50 €)
  • Mínimo personal y familiar: −5.550 €
  • Cuota estimada de IRPF: ≈ 6.329 €, un tipo medio del 18,1 %

Mira los tramos: aunque el tipo marginal del último euro está en el 30 %, el tipo medio es del 18,1 %. Esa diferencia de casi doce puntos es exactamente lo que se pierde cuando se confunde marginal con medio. El neto anual quedaría en 35.000 − 2.275 − 6.329 = 26.397 €, es decir, unos 1.885 € netos al mes en 14 pagas.

El mínimo personal, en práctica

  • El mínimo personal general es de 5.550 € anuales.
  • Equivale a reducir la base sobre la que se aplica la escala, así que ahorra impuesto al tipo de los tramos más bajos.
  • Se amplía por edad (mayores de 65 o 75 años), discapacidad y familiares a cargo, según la normativa del impuesto.

La retención de tu nómina se calcula aparte

La AEAT publica cada ejercicio el procedimiento para calcular el tipo de retención a cuenta de los rendimientos del trabajo. Ese procedimiento usa tus circunstancias personales y familiares, y es el que aplica tu empresa en la nómina. Como la retención es un pago a cuenta, al presentar la declaración se regulariza: si te retuvieron de más, Hacienda te devuelve la diferencia.

Por eso el resultado de una calculadora nunca debe compararse al céntimo con la nómina. Aquí se usa la escala general para darte una referencia útil, no para sustituir el cálculo oficial. Si quieres verlo aplicado a tu caso, prueba la calculadora de sueldo y dinero disponible y contrasta con la guía de cómo pasar de bruto a neto.

Fuentes consultadas: Agencia Tributaria (escala del IRPF y procedimiento de retención para el ejercicio 2026), Ley 35/2006 del IRPF y Boletín Oficial del Estado. Los importes son estimaciones orientativas y no constituyen asesoramiento fiscal.

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