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Sueldo neto 2026: cómo pasar de bruto a neto

Actualizado el 7 de octubre de 2026 · Lectura de 6 minutos

Cuando negocias un sueldo, la cifra que se discute casi siempre es el bruto anual. Pero el dinero que llega a tu cuenta cada mes es el neto, y entre una cantidad y otra hay dos restas grandes: las cotizaciones a la Seguridad Social y la retención de IRPF. Saber calcularlas te sirve para dos cosas muy concretas: comparar ofertas de trabajo con criterio y saber de antemano cuánto puedes comprometer en un alquiler o una hipoteca.

Qué encontrarás aquí

  • Qué se resta al sueldo bruto, en orden
  • Cómo se calcula el IRPF: reducción, mínimo personal y escala
  • Ejemplo completo con 30.000 € brutos
  • Tabla de referencia de 18.000 € a 55.000 € brutos

Paso 1: las cotizaciones a la Seguridad Social

El sueldo bruto es dinero del trabajador, pero antes de pagarlo la empresa retiene la parte que corresponde a las cotizaciones sociales. En el Régimen General con contrato indefinido, el tipo a cargo de la persona trabajadora en 2026 es del 6,50 %, que se compone así: 4,70 % de contingencias comunes, 1,55 % de desempleo, 0,10 % de formación profesional y 0,15 % del Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Los tipos de cotización y las bases vigentes se fijan cada año en la orden anual publicada en el Boletín Oficial del Estado y se detallan en el portal de la Seguridad Social.

Hay un límite que casi nadie conoce y que solo afecta a sueldos muy altos: la base de cotización tiene un tope máximo mensual de 5.101,20 € en 2026. Si tu sueldo mensual supera ese tope, las cotizaciones se calculan sobre él y no sobre tu salario completo.

Cotización con 30.000 € brutos anuales

  • Sueldo mensual en 14 pagas: 30.000 ÷ 14 = 2.142,86 €
  • Cotización mensual: 2.142,86 × 6,50 % = 139,29 €
  • Cotización anual: 139,29 × 14 = 1.950 €

Paso 2: la base sobre la que se calcula el IRPF

No todo tu sueldo tributa. Para calcular el IRPF primero se depura la base. A la retribución bruta se le restan las cotizaciones sociales y otros gastos deducibles, que en la práctica se resumen en 2.000 € anuales. El resultado es el rendimiento neto del trabajo.

Después se aplica la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, regulada en el artículo 20 de la Ley 35/2006 del IRPF. Es una de las medidas que más afecta a los sueldos bajos y medios: se aplica a quienes tienen un rendimiento neto inferior a 19.747,50 € y puede llegar a 7.302 € anuales. En tramos superiores va reduciéndose de forma gradual hasta desaparecer. Con un sueldo de 30.000 € brutos, el rendimiento neto ronda los 26.050 €, así que esta reducción ya no aplica.

Paso 3: el mínimo personal y la escala de tramos

El IRPF no se calcula con un porcentaje único, sino por tramos: cada franja de tu renta tributa a un tipo distinto. Además, todo contribuyente tiene derecho a un mínimo personal y familiar de 5.550 €, que se amplía por edad, discapacidad o familiares a cargo. Ese mínimo funciona como una reducción en la parte baja de la escala, es decir, equivale a dejar libre esa cantidad antes de empezar a tributar.

La escala del IRPF tiene dos mitades: la estatal, idéntica en toda España, y la autonómica, que fija cada comunidad. La estatal de 2026 arranca en el 9,5 % y llega al 24,5 % por encima de 300.000 €. Encontrarás el detalle completo, tramo a tramo, en la guía de los tramos del IRPF 2026. Las comunidades pueden aprobar escalas propias; la calculadora no las incluye y usa la escala general.

Ejemplo completo: 30.000 € brutos en 14 pagas

  • Sueldo bruto anual: 30.000 €
  • Cotizaciones sociales: −1.950 €
  • Gastos deducibles: −2.000 €
  • Rendimiento neto del trabajo: 26.050 €
  • Reducción del artículo 20: 0 € (supera el límite)
  • Mínimo personal aplicado: −5.550 €
  • Cuota de IRPF estimada: ≈ 4.926 €, un tipo medio del 16,4 %

Con estos números, el neto anual queda en 30.000 − 1.950 − 4.926 = 23.124 €. Repartido en 14 pagas, son unos 1.652 € netos al mes, más las dos pagas extras. Ese es el punto de partida para calcular cuánto te queda realmente después de pagar el alquiler o la hipoteca y el resto de gastos, que es justo lo que hace la calculadora de CuántoMeQueda.es.

Tabla de referencia 2026 (14 pagas)

Estos valores son estimaciones calculadas con la escala general del IRPF (sin las escalas propias de cada comunidad autónoma), sin hijos a cargo y sin otras rentas. Tu retención real puede ser algo menor si tienes familiares a cargo o deducciones autonómicas.

Estimación de neto para contribuyentes sin hijos y sin otras rentas
Bruto anual Seguridad Social IRPF estimado Neto anual Neto al mes Tipo medio
18.000 € 1.170 € 376 € 16.454 € 1.175 € 2,1 %
24.000 € 1.560 € 3.243 € 19.197 € 1.371 € 13,5 %
30.000 € 1.950 € 4.926 € 23.124 € 1.652 € 16,4 %
40.000 € 2.600 € 7.745 € 29.655 € 2.118 € 19,4 %
55.000 € 3.575 € 12.934 € 38.491 € 2.749 € 23,5 %

Por qué tu nómina no coincide exactamente

La retención que aplica tu empresa no es el tipo del tramo en el que estás, ni tampoco el tipo medio que ves en la tabla. La Agencia Tributaria publica un procedimiento de cálculo del tipo de retención que tiene en cuenta tu situación personal y familiar, el número de pagas, la movilidad geográfica o las pensiones compensatorias, entre otros factores. Además, la retención es un pago a cuenta: si al presentar la declaración resulta que pagaste de más, Hacienda te lo devuelve.

Por eso los resultados de esta web son una estimación orientativa: te sirven para planificar, no para reclamar una nómina. Si necesitas el dato exacto, tu departamento de personal puede darte el tipo que aplica, y la AEAT ofrece servicios de cálculo de retenciones.

Qué hacer con esta cifra

Con el neto mensual ya puedes hacer el cálculo que de verdad importa: restar el alquiler o la hipoteca y el resto de gastos para saber cuánto te queda libre. Si quieres ordenar ese dinero, la guía de cuánto ahorrar al mes propone un reparto sencillo, y si tu problema es que no llega a fin de mes, en cómo bajar los gastos fijos repasamos por dónde empezar.

Fuentes consultadas: Agencia Tributaria (escala del IRPF y procedimiento de retención), Ley 35/2006 del IRPF, Boletín Oficial del Estado (orden anual de cotizaciones y salario mínimo) y portal de la Seguridad Social. Los importes son estimaciones orientativas y no constituyen asesoramiento fiscal.

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